Normativa y trazabilidad
Declaraciones INFOVI: quién está obligado, qué se declara y plazos
Toda bodega española que elabora o almacena vino o mosto tiene una cita fija con INFOVI, el Sistema de Información de Mercados del Sector Vitivinícola que gestiona la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA). Ahí se declaran la entrada de uva, la producción, las entradas y salidas y las existencias de cada instalación. La norma de base es el Real Decreto 739/2015, de 31 de julio, sobre declaraciones obligatorias en el sector vitivinícola, cuyo texto consolidado se actualizó por última vez en julio de 2025. Este artículo resume qué exige hoy, apoyándose en el propio real decreto y en el documento de preguntas y respuestas del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación fechado en septiembre de 2026.
Quién está obligado
Según el artículo 5.1, todos los productores y almacenistas están obligados a declarar en INFOVI, salvo las excepciones del apartado 5. A efectos del registro de operadores (REOVI):
- Productor es quien elabora vino o mosto, aunque también almacene. Si se elabora, se es productor: la actividad de productor prima sobre la de almacenista.
- Almacenista es quien no elabora pero tiene vino o mosto almacenado. Un elaborador de espumoso que compra el vino base, por ejemplo, figura como almacenista.
- Declara el propietario del vino, no el titular de la instalación. Si en una bodega hay depósitos alquilados a varios propietarios, cada uno presenta su declaración.
- Se presenta una declaración por instalación, identificada por su NIDPB (el número que asigna la comunidad autónoma), y cada combinación de NIF e instalación tiene su propia clave de acceso.
- Quedan fuera, entre otros, quienes elaboran menos de 10 hl de productos comprados que no se destinan a la venta, y los socios de cooperativa que entregan toda su producción (pueden quedarse con menos de 10 hl).
Antes de declarar hay que estar dado de alta en el REOVI. El alta se pide a la comunidad autónoma donde está la razón social, en el plazo de un mes desde el inicio de la actividad, y en ese mismo plazo deben comunicarse las bajas y modificaciones (artículo 4). Una vez dado de alta, la clave llega por correo electrónico a la dirección registrada para la instalación.
Mensual o dos veces por campaña: la regla de los 1.000 hl
La periodicidad depende de la producción media de vino y mosto de las cuatro campañas anteriores, contando solo aquellas en las que hubo producción. La aplicación INFOVI muestra esa media junto a los datos del declarante; si parece errónea, se revisa con la comunidad autónoma.
Producción media igual o superior a 1.000 hl, y todos los almacenistas: declaración mensual por instalación, a más tardar el día 20 de cada mes. Producción media inferior a 1.000 hl: declaración en diciembre y en agosto, a más tardar el día 20 (RD 739/2015, art. 5.2 y 5.3).
En la práctica, según las preguntas frecuentes del Ministerio:
- Las declaraciones mensuales recogen datos referidos al último día del mes declarado: la de octubre se presenta entre el 1 y el 20 de noviembre.
- Además, en las declaraciones de noviembre, marzo y julio se rellena la declaración ampliada, con datos acumulados desde el 1 de agosto, inicio de la campaña.
- Los productores de menos de 1.000 hl presentan solo las ampliadas de noviembre (entre el 1 y el 20 de diciembre, con existencias a 30 de noviembre) y de julio (entre el 1 y el 20 de agosto, con existencias a 31 de julio).
- Se declara aunque todos los datos sean cero (artículo 5.6). Mientras la instalación siga de alta, la obligación sigue viva.
Diciembre concentra trabajo: entre el 1 y el 10 de diciembre los productores presentan también los anexos de proveedores y de justificantes de compraventa, con datos a 30 de noviembre (artículo 6.2), y la declaración de cosecha de los viticultores vence el 10 de diciembre (artículo 3.2). Esta última no se hace en INFOVI, sino en los sistemas de cada comunidad autónoma.
Qué se declara y cómo
- Unidades: uva en kilos, superficie en hectáreas, vino y mosto en hectolitros, siempre sin decimales. Se redondea: 100,50 pasa a 101 y 100,49 a 100.
- Entrada de uva: los productores de 1.000 hl o más declaran cada mes los kilos que entran para elaborar; los de menos de 1.000 hl, el total acumulado desde el 1 de agosto en cada una de sus dos declaraciones.
- Producción: el vino se declara con lías. En las primeras declaraciones de la campaña puede ser una estimación, pero en la ampliada de noviembre debe figurar ya el valor real.
- Granel frente a envasado: depósitos, barricas y botas son granel; botellas, garrafas, bag in box o jaulones sin etiquetar ya cuentan como envasado.
- Movimientos entre instalaciones propias: salida en la instalación de origen y entrada en la de destino. El envasado a maquila no cambia la propiedad, pero se declara la salida a granel y la entrada como envasado.
- Ajustes: es la única casilla que admite signo positivo o negativo. Sirve para recoger mermas, diferencias de aforo o la salida de lías, siempre justificadas en observaciones.
Los errores que más se repiten
- Dejar de declarar una instalación que ya no se usa. Si sigue de alta, hay que declarar existencias cero o pedir la baja a la comunidad autónoma, y la baja exige existencias a cero en la última ampliada.
- Declarar desde el titular de la bodega el vino que pertenece a otro operador.
- Olvidar la entrada y salida cuando el vino pasa de una bodega propia a otra, o cuando va a una envasadora.
- Acumular pequeñas diferencias de aforo sin usar la casilla de ajustes ni explicar el motivo.
- Declarar la producción sin lías o no corregir en noviembre la estimación inicial.
- Dar por hecho que un correo electrónico antiguo en el REOVI seguirá recibiendo las claves.
Si un dato ya presentado es incorrecto, puede modificarse fuera de plazo enviando la plantilla oficial de declaración al centro de atención de usuarios de INFOVI, según indica el propio Ministerio.
Qué se arriesga
El artículo 8 del Real Decreto 739/2015 remite al régimen sancionador de la Ley 24/2003, de la Viña y del Vino. Según su texto consolidado:
- Presentar las declaraciones fuera de plazo, o con errores que no superen el 15 % de la cantidad real, es infracción leve (artículo 38.1): apercibimiento o multa de hasta 2.000 euros.
- No presentarlas, que contengan errores que afecten a las características del producto, o que la diferencia supere el 15 %, es infracción grave (artículo 39.1): multa de 2.001 a 30.000 euros, ampliable hasta el 5 % del volumen de ventas del producto afectado.
- Los mismos umbrales del 15 % se aplican a los libros-registro y a los documentos de acompañamiento, de modo que lo declarado, lo registrado y lo que hay en los depósitos tienen que cuadrar.
Los controles oficiales los realizan los órganos competentes de las comunidades autónomas (artículo 7.2). Para cualquier duda sobre su caso concreto, el contacto de referencia es la comunidad autónoma de la sede social.
Preparar la declaración sin rehacer las cuentas cada mes
La declaración es tan buena como el registro del que sale. Si cada recepción de uva, trasiego entre depósitos, embotellado, salida y merma queda anotada el día que ocurre, la declaración del día 20 consiste en sumar. GrapeFlow sirve para eso: guarda las partidas, los recipientes, las operaciones y las existencias en litros, de modo que las cifras para INFOVI se obtienen de un historial ordenado. La presentación en INFOVI la sigue haciendo usted: GrapeFlow no envía declaraciones a la Administración. La interfaz de la aplicación está en español.
Lleve las entradas, salidas y existencias de su bodega en un solo registro trazable.
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- BOE — Real Decreto 739/2015, sobre declaraciones obligatorias en el sector vitivinícola (texto consolidado) · 31 oct 2026
- AICA — Sistema de Información de Mercados del Sector Vitivinícola (INFOVI) · 31 oct 2026
- MAPA — Preguntas y respuestas sobre las declaraciones del INFOVI (septiembre de 2026) · 31 oct 2026
- BOE — Ley 24/2003, de 10 de julio, de la Viña y del Vino (texto consolidado) · 31 oct 2026
Preguntas frecuentes
¿Hasta qué día se puede presentar la declaración de INFOVI?
Hasta el día 20. Los productores de 1.000 hl o más y los almacenistas declaran cada mes; los productores de menos de 1.000 hl, en diciembre y en agosto, también como máximo el día 20.
¿Tengo que declarar en INFOVI si no tengo vino en la bodega?
Sí, mientras la instalación siga de alta en el REOVI hay que presentar la declaración, aunque todos los datos sean cero. Si ya no se usa, se pide la baja a la comunidad autónoma de la sede social.
¿La declaración de cosecha se hace en INFOVI?
No. La declaración de cosecha se presenta antes del 10 de diciembre en los sistemas de la comunidad autónoma; INFOVI recoge las declaraciones de productores y almacenistas de vino y mosto.
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